Programa piloto 2011-2014: Socio colaborador

Propósito

Los comentarios recogidos en distintas encuestas y grupos de opinión llevados a cabo por Rotary demuestran que los posibles socios y los rotarios jóvenes requieren flexibilidad a la hora de afiliarse a un club rotario. El propósito de este programa piloto es estudiar distintas opciones y alternativas respecto a la afiliación a Rotary y el efecto que éstas tendrían en las tendencias del cuadro social y la eficacia del club en general.
Mediante el programa piloto socio colaborador, una persona podrá asociarse a un club rotario y familiarizarse con el club, sus socios, programas, proyectos y las expectativas de la condición de socio, con la intención de ser socio activo dentro de un tiempo establecido.

Premisa

Con la categoría socio colaborador, el club contará con más posibilidades de atraer y conservar una base diversa de profesionales calificados de la comunidad. Puesto que permitirá al afiliado familiarizarse con el club, sus socios, programas, proyectos y las expectativas de la condición de socio, tendrá un efecto positivo en las tendencias de captación y conservación de socios, además, de mejorar el desempeño general del club en la comunidad.

Plazo

Del 1 de julio de 2011 al 30 de junio de 2014

Medidas y resultados demostrados

Para evaluar la eficacia de este programa piloto, los clubes participantes deberán demostrar resultados en las siguientes áreas:

Aumento en:
la captación y conservación de socios
el apoyo a La Fundación Rotaria (participación en los programas y recaudación de fondos)
el número de proyectos de servicio llevados a cabo con éxito (ámbito local e internacional)
la participación en las actividades del club

Mejora en:
las oportunidades de liderazgo y participación para los socios
la composición del cuadro social con respecto a ambos géneros
la diversidad del cuadro social

Descenso de la edad promedio de los socios del club

Para evaluar la eficacia de este programa piloto, los clubes deberán proporcionar los siguientes datos:
Número de socios colaboradores que expresaron interés en afiliarse al club y fueron admitidos
Número de socios colaboradores que se convirtieron en socios activos
Duración del período como socios colaboradores antes de convertirse en socios activos o terminar su relación con el club
Número de socios colaboradores que una vez convertidos en socios activos se dieron de baja del club y los motivos de ésta

Observaciones sobre el programa

Los clubes podrían considerar la implementación de las siguientes medidas al establecer esta categoría de afiliación:

1. Aprobación. Los socios en perspectiva interesados en afiliarse como socios colaboradores serán autorizados por el club rotario según el proceso establecido por el club.
2. Plazo. Los socios colaboradores ocuparán esta categoría por un período determinado.
3. Asistencia. Los requisitos de asistencia para los socios colaboradores serán establecidos por el club, así como la participación en los proyectos de servicio y eventos sociales. El club determinará igualmente el método para la compensación de ausencias.
4. Clasificación. Se asignará a los socios colaboradores una clasificación específica. Puesto que los socios colaboradores no son socios oficiales del club rotario, los límites dispuestos en el Artículo 5, sección 2(b) de los Estatutos de RI no regirán para esta clasificación.
5. Inscripción en RI. Puesto que no se les consideran socios oficiales del club rotario, este tipo de socios no figurarán como tal sino como socios colaboradores.
6. Distintivos. Este aspecto será determinado por el club.
7. Votos y quórum. En lo referente a las reuniones generales, el club decidirá si los socios colaboradores tendrán o no derecho al voto. Puesto que no son socios oficiales del club rotario, los socios colaboradores no podrán votar en las elecciones de RI.
8. Ejercicio de cargos. Los socios colaboradores no podrán desempeñarse como funcionarios del club pero se les instará a colaborar con los comités del club.
9. Obligaciones financieras. Las siguientes obligaciones financieras podrían imponerse a los socios colaboradores:
(a) Cuota de admisión: De cobrarse, su monto será decidido por el club.
(b) Cuota per cápita a RI: Esta cuota no se aplica a los socios colaboradores por no ser socios oficiales del club.
(c) Cuota anual: Su monto será determinado por el club.
(d) Costo de las comidas/bebidas: Su monto será determinado por el club.
(e) Cambio de socio colaborador a socio activo: Su monto será determinado por el club.
(f) Contribución optativa a La Fundación Rotaria: De cobrarse esta cuota, su monto será decidido por el club.
10. Cambio de condición de socio. El club determinará la duración del período de la condición de socio colaborador. El club establecerá, además, el costo y el procedimiento para pasar de socio colaborador a socio activo del club (como se indicó anteriormente). Nota: Un socio activo del club rotario no podrá cambiar su condición a socio colaborador.
11. Boletín y comunicaciones. El club decidirá si los socios colaboradores recibirán el boletín semanal del club y las demás comunicaciones regulares; se exhorta decididamente a los clubes a comunicarse frecuentemente con sus socios colaboradores.
12. Suscripción a The Rotarian o la revista regional de Rotary. Si un club decide que los socios colaboradores reciban la revista de RI correspondiente, el club decidirá si el costo será asumido por éste o por los socios colaboradores.

Cobertura de seguro de responsabilidad civil. Si corresponde, los socios colaboradores quedarán cubiertos por la póliza de seguro de responsabilidad civil del club mientras participan en las actividades o proyectos aprobados del club.

Participación en las actividades para jóvenes. Los socios colaboradores deberán acatar todas las restricciones, normas y procedimientos relativos a las actividades del club en las que participen jóvenes.

Baja del club. El club determinará el procedimiento para dar de baja a los socios colaboradores.